Sevilla, a 17 de diciembre 2019
Estimadas Familias,
Queremos informarles de lo que dice la ley de protección de datos con respecto a la toma de imágenes y vídeos en actos y eventos escolares:
- Con ocasión de la celebración de actos escolares o de eventos en el centro escolar en los que los alumnos y los profesores son los protagonistas, tanto por los familiares como por el propio Centro se pueden tomar fotografías y grabar vídeos.
- Si la toma de imágenes se realiza por los familiares de los alumnos no se requerirá una autorización expresa.
- La autorización paterna para participar en un evento en el que, con arreglo a los usos sociales, se puede presumir que se van a tomar las imágenes de los participantes, implicaría la autorización o el consentimiento para que se capten dichas imágenes.
- MUY IMPORTANTE: La utilización de las imágenes se debe realizar en el ámbito doméstico y personal de los particulares, esto es, en actividades que se inscriben en el marco de la vida privada, familiar y de amistad. En esos supuestos no resulta de aplicación la legislación en materia de protección de datos.
Si las imágenes captadas por los familiares se difundieran fuera del ámbito privado, familiar y de amistad, por ejemplo, mediante la publicación en Internet accesible en abierto (redes sociales), los familiares asumirán la responsabilidad por la comunicación de las imágenes a terceros. Solo podrán realizar dicha comunicación si hubieren obtenido el consentimiento previo de todos aquellos que aparecen en las imágenes.

Nos encontramos a vuestra disposición para cualquier información adicional que requieran en relación con el presente tema.
Sin otro particular,
Atentamente.
Francisco Suárez Balbuena
Director General